Dictamen de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC)
Competencia censura a la Xunta por denegar la segregación de actividades a Ferroatlántica
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha emitido un informe en el que censura a la Xunta de Galicia por haber impedido la segregación de las centrales hidráulicas y las fábricas que Ferroatlántica tiene en Cee y Dumbría.
La negativa, que abortó los planes de expansión de la compañía, supone “un límite en el ejercicio de la actividad económica” de la empresa, regulada en la Ley de Garantía de Unidad de Mercado (LGUM), recoge el dictamen de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Además, la Administración autonómica no acreditó la razón de su prohibición, no aportó datos concretos que la avalasen ni justificó su idoneidad, según advierte el citado organismo en un informe oficial conocido este viernes.
Ferroatlántica está interesada en segregar sus centrales hidráulicas en los ríos Xallas y Grande de las fábricas de ferroaleaciones que tiene en Cee y Dumbría. Para ello solicitó a la Xunta que revocase una cláusula establecida a principios de los 90 que vincula las factorías con los activos energéticos. Pero la Administración autonómica se negó cuando el pasado año la empresa solicitó separar ambas actividades como paso imprescindible para acometer una inversión de 100 millones de euros destinada a mejorar su capacidad de fabricación y crear 500 empleos nuevos en la provincia coruñesa. Tras el rechazo oficial, el 26 de julio de 2017, el asunto se encuentra actualmente en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, tras presentar la empresa un recurso contencioso-administrativo contra la decisión de la Xunta.
La CNMC emite ahora un dictamen que refuerza la defensa judicial de los derechos de Ferroatlántica y, además, expresa una rotunda disconformidad con la Xunta. Establece la Comisión Nacional que la negativa de la Administración autonómica a segregar centrales de fábricas “supone un límite al ejercicio de la actividad económica del operador (Ferroatlántica), en la medida en que condiciona la gestión de su negocio, pudiendo constituir asimismo una barrera al acceso de nuevos operadores a la actividad de generación hidroeléctrica, al no resultar posible una segregación que permita la venta”.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia también reprocha a la Xunta no haber aportado razones de peso ni datos que avalen su negativa a la petición de la empresa. Considera el organismo que la Administración autonómica “debería señalar la concreta razón imperiosa de interés general que justificaría el mantenimiento de la limitación” de segregar las centrales. “Junto a ello, sin que baste la mera invocación de una razón imperiosa de interés general, debería motivar que la limitación que se pretende mantener es la idónea para salvaguardar el interés invocado”, porque podría haber otras más ajustadas.
La censura va más allá, dado que la CNMC advierte que la Xunta debería “justificar que la decisión adoptada –el rechazo a la solicitud de Ferroatlántica- es la menos restrictiva posible, aportando los datos que permitan comprobar tal circunstancia”. Finalmente, también insta a la autoridad a acreditar que su decisión “no constituye un requisito de naturaleza económica o un requisito prohibido por no guardar relación directa con el ejercicio de la actividad”.