Recomendaciones de Agacose
Cinco datos imprescindibles para realizar bien la renta este año
Por ello, desde Agacose, asociación de corredores y corredurías gallegas, explican qué se debe tener en cuenta para poder realizar correctamente la declaración de la renta 2020.
Desgravaciones por seguros para autónomos
A la hora de realizar la renta, muchos desconocen que algunos productos de ahorro y seguros pueden desgravarse.
Si bien es cierto que una de las novedades de los Presupuestos Generales del Estado de 2021 es la rebaja de las aportaciones con deducciones fiscales a los planes de pensiones personales, en 2020 aún se pueden deducir los máximos aportados. En cambio, para las empresas, el importe de aportaciones máximas al plan de empleo se amplía hasta los 10.000 euros.
Por otro lado, los autónomos también pueden desgravarse los planes de pensiones de empresas, los seguros de salud y de vida (un máximo de 500 euros por póliza al año), seguros de responsabilidad civil profesional y seguros de comercio y oficina.
¿Quién tiene que hacer la declaración?
La declaración de la renta se hace dependiendo del rendimiento de los ingresos anuales. Por norma general, los autónomos están obligados a presentarla con excepción de aquellos que hayan obtenido rentas inferiores a 1.000 euros anuales y pérdidas inferiores a 500 euros. En cambio, los asalariados tienen obligación de hacerla cuando superen el límite de 22.000 euros brutos anuales, siempre y cuando provenga de un mismo pagador.
¿Y qué ocurre con dos pagadores?
Pero este 2020, con la pandemia y los ERTE, muchos han tenido dos pagadores: la empresa y el SEPE. Así, aquellos contribuyentes con doble pagador, afectados por un ERTE o con desempleo, tienen la obligación de realizar la declaración, siempre que superen los 14.000 euros brutos anuales.
¿Cuáles son las deducciones que se pueden aplicar en Galicia?
Las desgravaciones son de carácter autonómico, según las circunstancias personales y laborales. En Galicia, además de las deducciones generales, el contribuyente se puede deducir por: el nacimiento o adopción de hijos; por estar a cargo de contribuyentes con discapacidad mayores de 65 años; gastos por el uso de nuevas tecnologías en hogares; alquiler de la vivienda habitual; inversión en la adquisición de acciones sociales en entidades nuevas; donaciones con finalidad en investigación y desarrollo científico o innovación tecnológica; o inversión en instalaciones en la vivienda habitual, que empleen energías renovables.
Acudir a un profesional, la mejor opción
Preparar la declaración de la renta no es un trámite fácil y solemos recurrir a un gestor que ayude a realizarla. De todos modos, en caso de tener algún seguro contratado, lo mejor es contactar con un corredor de seguros, que te asesorará sobre qué seguros se pueden desgravar en la declaración y así poder optar a los beneficios fiscales que te corresponden.
“Desde Agacose, nos hemos unido a la campaña #consultacontucorredor, para poner en valor la figura del corredor de seguros”, explica Pablo Lariño, presidente de la asociación. “Por que al fin y al cabo, el corredor de seguros no solo es experto en el sector asegurador, sino que ofrece una atención personal y única, con el objetivo de asesorarte en cualquier momento”.