Sesión sobre la reforma laboral en la CEO
La nueva normativa sobre contratación temporal entrará en vigor el 30 de marzo
La Confederación Empresarial de Ourense (CEO) ha dedicado una jornada informativa a las cuestiones prácticas de la útima reforma laboral y los retos a los que se enfrentan las empresas en materia de contratación temporal y negociación colectiva.
Catarina Capeáns y Gloria Pire, miembros de Vento Abogados y Asesores, fueron las encargadas de comentar las novedades y casos prácticos del Real Decreto-Ley 32/2021.
Las empresas deben ponerse al día en cuanto a las posibilidades que existen y los derechos y obligaciones que tienen las personas trabajadoras con esta nueva normativa. Por eso, la jornada ha detallado todos los cambios que supone este real decreto-ley; una sesión presencial que volvió a llenar de público el salón de actos de la Confederación Empresarial de Ourense (CEO).
Rosa Sánchez, vicepresidenta de la CEO, realizó la introducción de la jornada para presentar a las ponentes y destacar también las modificaciones en cuanto a temporalidad que entran en vigor en 5 días, el próximo 30 de marzo, y la necesidad, por tanto, de tratarlas para analizar los cambios que esta nueva normativa supone en el día a día de las empresas.
Catarina Capeáns, socia responsable del área de Derecho Laboral de Vento Abogados & Asesores, especializada en derecho del Trabajo y su relación con las nuevas tecnologías, comenzó explicando el alcance global de esta reforma, no tan extensa como se anunciaba. Destacó que no se ha modificado, entre otras cosas, ni el régimen legal de los despidos, los salarios de tramitación en caso de improcedencia del despido, la intervención sindical en la modificación sustancial de las condiciones de trabajo o la prioridad aplicativa absoluta del convenio colectivo de empresa. Entre otros aspectos, Capeáns habló también de la negociación colectiva, en la que se da prioridad al convenio colectivo sectorial y el refuerzo de los ERTE como mecanismos de flexibilidad para evitar la destrucción de empleo.
Dos nuevos tipos de contratos temporales
Gloria Pire, abogada en el área de Derecho Laboral de esta misma firma, abordó las novedades que se reflejan en la contratación, entre otros aspectos porque desaparece el contrato por obra o servicio determinado e introduce dos tipos de contratos temporales: por circunstancias de la producción (previsible e imprevisible) y el de sustitución. El texto introduce una reducción en el tiempo para adquirir la condición de fijo, además de sanciones más duras en caso de fraude en la contratación temporal.
Estos nuevos contratos temporales no se aplicarán hasta el 30 de marzo de este año, por lo que entrará en vigor en cinco días esta parte del texto normativo. En cuanto a contratos de obra vigentes, los formalizados a 31 de diciembre de 2021 mantienen su vigencia hasta su duración máxima de tres años ampliables a cuatro, mientras que hasta el 30 de marzo se pueden seguir formalizando, pero ya tendrán una duración máxima de 6 meses. Por otro lado, el contrato fijo discontinuo pasa a ser el adecuado para la realización de trabajos de naturaleza estacional.
La ponente explicó también las modificaciones que recoge el texto sobre otros aspectos como la subcontratación, el contrato fijo de obra y las características de los nuevos contratos formativos, denominado de formación en alternancia (para personas que no tengan titulación y quieran compatibilizar sus estudios con el trabajo remunerado) y el contrato de formación para la obtención de práctica profesional (antiguo contrato de prácticas) que pretende facilitar la integración laboral de la persona con titulación.