Para expedientes vigentes en la fecha de entrada en vigor del Real Decreto ley 30/2020 de 29 de septiembre
Las empresas con ERTE a causa del covid pueden tramitar ya su prórroga
Podrán acogerse a la prórroga los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) que estuvieran vigentes en la fecha de entrada en vigor del Real decreto ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo.
La normativa recoge la posibilidad de que los ERTEs por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción vinculadas a la covid-19 y que estuvieran vigentes en la fecha de entrada en vigor de este Real decreto ley se puedan ver prorrogados hasta el 31 de enero de 2021. Pueden ampliarse en la aplicación de sus medidas suspensivas y/o de reducción de jornada, más allá de la fecha de final establecida en la comunicación final a la autoridad laboral, que inicialmente hicieran las empresas siempre y cuando el expediente, con tal prórroga, finalice durante la vigencia del decreto ley, y se llegue a un acuerdo entre la parte empresarial y la trabajadora.
La comunicación de la prórroga deberá hacerse obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. La documentación complementaria deberá presentarse también por vía telemática, así como todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento.