Xunta, SEPE e INSS aclararon las dudas de los empresarios de Ourense
La CEO analiza la nueva normativa de los ERTE
La conferencia telemática -a la que se han conectado en el momento de mayor afluencia casi 100 personas- contó con la participación de los organismos implicados en la tramitación de los expediente de regulación temporal de empleo (ERTE). En primer lugar intervino la recién nombrada directora xeral de Relacións Laborais, Elena Mancha Montero de Espinosa, en representación de la Xunta y como autoridad laboral en la materia. Por parte del Servicio Público de Empleo Estatal participaron Felisindo Domínguez González, subdirector de Prestaciones de la Dirección Provincial de Ourense, y el coordinador general del SEPE de Galicia, Carlos del Canto de la Fuente, y, finalmente tomó la palabra Juan Carlos Blanco, subdirector de gestión recaudatoria en Ourense del Instituto Nacional de la Seguridad Social. La bienvenida corrió a cargo de la presidenta de la Confederación Empresarial de Ourense (cEO), Marisol Novoa.
La intervención de la directora xeral de Relacións Laborais se centró en las novedades del texto legal que permite la prórroga de ERTE anteriores, pero dicta normas con respecto a los nuevos, el Real Decreto Ley 30/2020 de medidas sociales en defensa del empleo. Además de prorrogar hasta el próximo 31 de enero los ERTE por causa de fuerza mayor vigentes a 30 de septiembre y tramitados con arreglo a la normativa de marzo (Decreto ley 8/2020) este reciente texto legal de septiembre introduce nuevas consideraciones con respecto a estos expedientes laborales.
En este sentido, Elena Mancha explicó por ejemplo las dos modalidades contempladas ahora que pueden ser por impedimento, para empresas que vean impedido el desarrollo de su actividad en alguno de sus centros de trabajo; y un segundo modelo que es por limitaciones en el desarrollo normal de su actividad originadas por decisiones o medidas de otras autoridades, no necesariamente la sanitaria, sino algo más amplio y que cuenta también con exenciones de las cuotas de la Seguridad Social.
En cuanto a los solicitados antes del 30 de septiembre, la directora xeral especificó que no necesita autorización administrativa y están prorrogados, y destacó como novedad que si la empresa tiene un ERTE que vence en estos momentos, puede evitar tener que preparar otro ERTE ETOP simplemente con llegar a un acuerdo con la representación legal de los trabajadores para su renovación, que es posteriormente trasladado a la autoridad laboral.
Prestaciones para los afectados por un ERTE
Felisindo Domínguez González, subdirector de Prestaciones de la Dirección Provincial de Ourense, explicó con detalle la tramitación de prestaciones por desempleo por ERTE Covid19, que contiene novedades también con la entrada en vigor de la normativa de septiembre, en torno a la pregunta de qué debe hacer la empresa cuyos trabajadores sigan en ERTE a partir del 1 de octubre y las cuestiones clave para la tramitación de la solicitud colectiva: quién, dónde, cómo y cuándo hacerla. Domínguez completó su intervención con ejemplos sobre la comunicación de actividad al SEPE, el cálculo de los denominados días de actividad equivalente (DAE) o las pautas para la utilización de los ficheros XML que contienen todos los datos relativos a los trabajadores.
El apartado de este tema que corresponde al INSS (Instituto Nacional de Seguridad Social) fue abordado por Juan Carlos Blanco, el subdirector de gestión recaudatoria en Ourense. Blanco se refirió a las aplicaciones de las exenciones a las cotizaciones que se realizarán por la tesorería a instancia de las empresas, y recordó la necesidad de comunicar datos mensualmente mediante el sistema RED a través del cual también se irá notificando a gestores y empresas las novedades sobre esta parte de la tramitación.
La identificación de claves y códigos de los trabajadores posibilitará el cálculo de las exenciones de manera correcta, por lo que insistió en la comunicación previa de la declaración responsable y la situación del trabajador para realizar el cálculo de la liquidación. Apuntó igualmente que no es requisito imprescindible que las empresas se encuentren al corriente de pago para realizarlo, y que a las deudoras se les calculará igualmente la parte que les corresponda de exención.
Dado el interés suscitado por el tema la jornada se prolongó por espacio de más de dos horas, incluyendo numerosas intervenciones de los asistentes que plantearon casos concretos para resolver dudas.