Era una medida cautelar solicitada por el comité de empresa
El TSXG prohíbe la parada de las cubas a Alcoa
Los magistrados del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) entienden que sería una medida “desproporcionada” otorgar a la Sociedad Española de Participaciones Industriales (SEPI) la administración de la planta de aluminio mientras dure el proceso de impugnación de despido colectivo y se dicte sentencia firme. El tribunal manifiesta que, en lugar de la administración, la intervención sería, en todo caso, una “medida alternativa igualmente eficaz y menos perjudicial” para la empresa.
Los jueces indican en el auto que esta intervención, que estaría orientada a controlar las actividades desarrolladas en la planta con el objetivo de mantener las cubas en situación de reiniciar de inmediato tras una eventual calificación del despido colectivo como nulo, no concuerda, sin embargo, con la posición procesal de la Abogacía del Estado. Así, señalan que, además de manifestar en la vista que no asistía en representación de la SEPI, el abogado del Ministerio de Industria aseguró que consideraba “desproporcionada la administración o intervención judicial de la planta”.
La Sala analiza también en el auto, que da respuesta a la solicitud de medidas cautelares, la pretensión de los sindicatos de que por orden judicial Alcoa se abstenga de despedir a los trabajadores afectados por el ERE. Los jueces concluyen que esto no es posible, pues “trastocaría los límites y plazos” que debe cumplir la empresa con respecto al expediente de regulación de empleo. Tampoco se acoge por parte del tribunal la pretensión de que se ordene a la factoría que mantenga la actividad en la planta, por considerar que se trataría de una “medida desproporcionada”.
Finalmente, sobre la solicitud de que se obligue a Alcoa a mantener las cubas en situación de retomar la producción de manera inmediata, los magistrados entienden que ese mantenimiento “deviene imprescindible en el caso hipotético de la inmediata readmisión que se derivaría de una declaración de nulidad del despido colectivo”, puesto que el apagado de las cubas electrolíticas, “aun no siendo un proceso irreversible, se ofrece complejo, costoso y dilatado en el tiempo, acarreando, en suma, graves perjuicios a los trabajadores”.
Valoraciones
La Xunta de Galicia ha valorado positivamente que el TSXG haya concedido las medidas cautelares solicitadas por el comité de empresa de Alcoa y los sindicatos, en cuya presentación contaron con la colaboración de la Administración autonómica.
Señala el Gobierno gallego en un comunicado la decisión de impedir a la empresa a paralización de las cubas permite seguir adelante desde la unidad de acción con los trabajadores para conseguir el objetivo último de continuar con la producción de aluminio primario en San Cibrao y, por lo tanto, el mantenimiento de los puestos de trabajo.
La Xunta espera que esta nueva resolución suponga un punto de inflexión para que la multinacional estadounidense acepte sentarse de nuevo a dialogar y llegar a un acuerdo. De persistir en su posición de no dialogar y de insistir en la paralización de las cubas, la Xunta reitera que pedirá al Gobierno a intervención temporal de la planta de aluminio.
Por su parte, la Federación de Industria, Construcción y Agro de UGT manifiesta su satisfacción con el fallo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que, considera, supone un serio revés para la Dirección de Alcoa y da la razón a las tesis mantenidas por UGT FICA, que exige una solución definitiva para el futuro de la planta de San Cibrao y de sus 534 trabajadores.
Desde UGT FICA defienden que la única solución al conflicto generado por Alcoa es la venta del complejo industrial al completo o un acuerdo de suministro a largo plazo, que dé la estabilidad necesaria para el desarrollo del proyecto industrial del comprador, GFG Liberty House. Desde la Federación reclamamos al Gobierno y a la Xunta de Galicia a que adopten una solución rápida que garantice el futuro del empleo y de la actividad industrial en dicha planta.