Aporta a la compañía "la seguridad necesaria para acometer sus planes de futuro"
La sentencia del Supremo avala la validez de la prórroga de la concesión de la fábrica de Ence en Pontevedra
Como ya se había adelantado en febrero, el fallo del Tribunal Supremo declara “sin valor ni efecto alguno” la sentencia dictada por la Audiencia Nacional en 2021 en la que la Audiencia declaró la nulidad de la citada prórroga de la concesión de Ence Pontevedra concedida por el Gobierno central en 2016. De este modo, la decisión del Supremo desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la prórroga de la concesión y confirma que la resolución por la que se concedió dicha prórroga se ajusta al ordenamiento jurídico.
En definitiva, el texto completo de la sentencia está en línea con el comunicado que, el pasado 7 de febrero, ya hizo público el Tribunal Supremo. Así, se trata de una sentencia firme, que sienta jurisprudencia y que avala la validez de la prórroga de Ence Pontevedra.
Al mismo tiempo, la sentencia se pronuncia sobre la cuestión del allanamiento de la Abogacía del Estado; una cuestión planteada por Ence en su recurso de casación. En este sentido, el Tribunal asevera que, tras el allanamiento, la Abogacía del Estado no estaba legitimada para seguir interviniendo en el procedimiento judicial, actuando además como parte demandante, ya que esto es contrario a la normativa procesal que regula la figura del allanamiento y la propia naturaleza del mismo.
Según destaca Ence en su valoración de la sentencia, el proceso judicial por el que se ha validado la prórroga de la concesión de la biofábirca de Pontevedra "dirime una cuestión de naturaleza jurídico administrativa, en ningún caso medioambiental, en contra de lo que los demandantes han intentado transmitir fuera del proceso judicial".
La propia sentencia del Tribunal Supremo alude expresamente al cumplimiento de las exigencias medioambientales por parte de la compañía, y en concreto señala que “no solo quedan cubiertas por el informe autonómico exigido” sino, también, por “el otorgamiento de la autorización ambiental integrada y su revisión”, según dispone la Ley 16/2002. Asimismo, hace referencia a las inversiones de carácter medioambiental, por importe de 135 millones de euros, ejecutadas en su día por Ence.
Despeja la incertidumbre sobre el futuro de la pastera
Según expuso Ence, las sentencias del Tribunal Supremo despejan la incertidumbre sobre el futuro de esta instalación y aporta a la compañía "la seguridad necesaria para acometer sus planes de futuro en esta biofábrica y en el resto del grupo".
La empresa indica que "seguirá centrada en crear riqueza y empleo sostenibles en Galicia a través de la actividad de esta planta, que se mantendrá siempre a la vanguardia en eficiencia, mejores tecnologías disponibles y sostenibilidad" y anuncia que va a reactivar inmediatamente el Plan Social Pontevedra.